Profesor Nibaldo Bernardo Avilés Pizarro
Rector de la Universidad de La Serena
La Universidad de La Serena “Única universidad Estatal en la Región de Coquimbo” creada en 1981, es la heredera legal de más de un siglo de instituciones con tradición académica:
Escuela Normal de Preceptoras, Escuela Práctica de Minería, la sede regional de la ex- Universidad Técnica del Estado, el Conservatorio Regional de Música, el Colegio Universitario Regional y la ex sede de la Universidad de Chile.
Como universidad regional del Estado de Chile, comprometida con la Región de Coquimbo, centra su quehacer en las áreas de las ciencias, la tecnología, las humanidades y las ciencias sociales.
Se organiza en las Facultades de Ciencias, Ciencias Sociales y Económicas, Ingeniería y Humanidades, impartiendo 40 programas de pregrado, 8 programas de Magister y 3 programas de Doctorado.
Actualmente la actividad docente se desarrolla en 6 campus, que se distribuyen en La Serena, Coquimbo y Ovalle.
Estar en la ULS permite a sus estudiantes una formación profesional, y a sus trabajadores, desarrollo laboral y/o personal bajo una ambiente de calidad de vida inmejorable y paisajes propios de una zona semiárida rica en flora y fauna local.
Desde el 2007, con el compromiso y el esfuerzo de todos y cada uno de sus trabajadores, la institución se está desarrollando en base a políticas y mecanismos de aseguramiento de la calidad que aplica de forma sistemática. Todo lo cual le ha permitido el mejoramiento de los indicadores académicos y los resultados en los rankings tanto nacionales como internacionales.
Con su tercer proceso de Acreditación Institucional ya ha consolidado su quehacer académico en docencia de pregrado, gestión institucional y vinculación con el medio.
Nuestra Institución aspira a un mayor reconocimiento y desempeño notable en un mediano plazo a través del desarrollo de la investigación y postgrados. Los factores de éxito de la ULS son los siguientes:
De acuerdo a la Ley 20.285, sobre Acceso a la Información Pública, toda persona tiene derecho a solicitar y recibir información de cualquier órgano de la Administración de Estado, en la forma y condiciones que establece esta ley.
Según lo dispone el artículo 12 del mismo cuerpo legal, la solicitud de acceso a la información puede ser formulada por escrito o por medios electrónicos, cumpliendo con los requisitos que dicha norma dispone.
El peticionario podrá expresar en la solicitud, su voluntad de ser notificado mediante comunicación electrónica para todas las actuaciones y resoluciones del procedimiento acceso a la información, indicando para ello, bajo su responsabilidad, una dirección de correo electrónico habilitada. En los demás casos las notificaciones a que haya lugar en el procedimiento se efectuaran conforme a las reglas de los artículos 46 y 47 de la ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.
Etapas del proceso
El procedimiento para dar respuesta a su solicitud consta de las siguientes etapas:
Plazo
El plazo para dar respuesta a su solicitud es de 20 días hábiles, y excepcionalmente puede ser prorrogado por otros 10 días hábiles, cuando existan circunstancias que hagan difícil reunir la información solicitada, caso en que la Institución requerida comunicará al solicitante, antes del vencimiento del plazo, la prórroga y sus fundamentos.
Acreditación de la representación del apoderado
Cabe hacer presente que se exigirá acreditar poder de representación del requirente cuando la información solicitada contengan antecedentes protegidos por el secreto empresarial del que es titular o cuando se soliciten datos personales de la persona representada. En esos casos, el poder deberá constar en escritura pública o documento privado suscrito ante notario facultando al representante a conocer dicha información.
Plan de contingencia, correo institucional de contacto:
Agradeceremos contactarse con la institución a través del correo: