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programas científicos y profesionales
educación continua
Es la garantía de calidad que otorga la Comisión Nacional de Acreditación a las Instituciones de Educación Superior (universidades, centros de formación técnica, institutos profesionales y escuelas de fuerzas armadas, de orden y seguridad pública) en base a una serie de Criterios y Estándares definidos por la CNA, que buscan asegurar y evaluar la calidad de la educación que las instituciones entregan a sus estudiantes. Sumado a lo anterior, la acreditación exige y promueve la mejora continua de todas y cada una de las instituciones, resguardando la calidad del sistema nacional de educación superior.
Existen los siguientes procesos de acreditación, independientes entre sí: la acreditación institucional, la de carreras de pregrado, la de programas de postgrado y la de especialidades del área de la salud (médicas y odontológicas).
La ley de Educación Superior (N° 29.091) estableció un plazo máximo para enero 2020 en el que todas las instituciones deberían estar obligatoriamente acreditadas.
La Comisión Nacional de Acreditación (CNA Chile), es un organismo público y autónomo, encargado por Ley de Educación Superior para acreditar y promover el mejoramiento permanente de la calidad de los Institutos Profesionales (IP), Centros de Formación Técnica (CFT) y Universidades del país.
En otras palabras, la CNA Chile cumple la importante labor de evaluar a las Instituciones de Educación Superior (IES), verificando a través de sus resoluciones y recomendaciones, los programas de estudio que se entregan a los estudiantes y futuros profesionales.
Cuando una institución, programa o carrera está acreditado, cuenta con la certificación otorgada por CNA respecto de la implementación de sus mecanismos de aseguramiento de la calidad y sus resultados.
Además, los y las estudiantes nuevos que se incorporen a instituciones acreditadas, podrán acceder a financiamiento estatal o recursos que cuenten con garantía fiscal para el financiamiento de sus estudios (becas y créditos). En el caso de los postgrados acreditados, sus alumnos podrán optar a fondos concursables de becas con financiamiento estatal.
Si, es requisito fundamental que la institución esté acreditada y, en el caso de las carreras de Medicina, Odontología y Pedagogías, también la carrera debe estarlo.
En el resto de las carreras de pregrado basta con la acreditación de la casa de estudios. Debe considerarse que, para ejercer el derecho a la gratuidad en la educación superior es necesario, adicionalmente, seleccionar una institución que esté inscrita expresamente en este beneficio.
La ley establece que las y los estudiantes nuevos de instituciones que no cuenten con la acreditación, no podrán acceder a ningún tipo de recursos otorgados por el Estado o que cuenten con su garantía.
Las y los estudiantes antiguos que ya contaban anteriormente con este crédito no tendrán problema en mantenerlo. Para más detalles sobre este tema, sugerimos ver detalle de condiciones en portales del Mineduc MiFuturo y Becas y Créditos.
Acreditación institucional
La cantidad de años se otorga en conformidad con el nivel de cumplimiento de los criterios de evaluación y los propósitos de las instituciones o programas. Al cabo del plazo otorgado, las instituciones podrán repetir el proceso, con el fin de optar a un nuevo período de acreditación.

